El 20 de junio de 2023 entró en vigor la reforma tributaria conocida como la Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar. Uno de los puntos importantes de esta reforma es la implementación de un 12% de Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la compra de entradas para eventos públicos, que comenzó a regir desde del 1 de julio de 2023.
Según el tipo de régimen a la que se apega el promotor en el SRI como en Ministerio de Cultura y Patrimonio con el RUAC, los tickets del evento deberán o no gravar IVA y se encuentran categorizados de la siguiente manera:
Tickets que sí gravan IVA:
- Régimen General en el Sri sin RUAC: El promotor cobrará el IVA en la venta de tickets de su evento, con lo que esta obligado a declarar y pagar este impuesto al SRI
- Régimen Rimpe Emprendedor en el Sri sin RUAC: El promotor cobrará el IVA en la venta de tickets de su evento, con lo que esta obligado a declarar y pagar este impuesto al SRI
- Régimen Rimpe Negocio Popular, Emprendedor o General en el Sri con RUAC y aforo mayor a 2.000 personas: El promotor cobrará el IVA en la venta de tickets de su evento, con lo que esta obligado a declarar y pagar este impuesto al SRI
Tickets que no gravan IVA:
- Régimen Rimpe Negocio Popular en el Sri sin RUAC: El promotor no cobra el IVA en la venta de tickets de su evento, declara al SRI el ingreso obtenido con 0% de IVA cobrado
- Régimen Rimpe Negocio Popular, Emprendedor o General en el Sri con RUAC y aforo menor a 2.000 personas: El promotor no cobra el IVA en la venta de tickets de su evento, declara al SRI el ingreso obtenido con 0% de IVA cobrado